Radio Clásica

Argentina

Y un día… el teatro volvió

PorBalletin Dance

Jun 16, 2021

El Gobierno Nacional (Argentina) emitió la Decisión Administrativa 607, publicada hoy en el Boletín Oficial, que habilita el regreso de las actividades en cines, teatros y salas de espectáculos

Con un 50% de aforo para salas de teatro y espectáculos, y un 30% de aforo en los cines, y en estricto cumplimiento del protocolo y las medidas de prevención vigentes.

“El ha peticionado que se arbitren las medidas para que, en los lugares considerados de alto riesgo epidemiológico y sanitario y en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, se autorice la realización de las actividades relativas al y al desarrollo de artes escénicas (música en vivo, teatro, y circo) con y sin asistencia de espectadores”, señala la norma.

Así, se estableció que el aforo señalado, podría variar en función de los contagios por Covid-19, “podrá ser aumentado conforme la situación epidemiológica y de conformidad con los protocolos vigentes”.

Pero además, señala que las personas involucradas en el desarrollo de estas actividades deberán portar el Certificado Único Habilitante para Circulación-Emergencia Covid-19, mientras que el público deberá “acreditar su condición de tal, con los tickets de acceso al espectáculo, que deberán especificar la sala a la que se asistió, el título de la obra o concierto y artista, el horario de la función y el número de la butaca que ocupó”.

Es así, como se estableció la excepción “de la suspensión dispuesta en el inciso f) del artículo 16 del Decreto N° 287/21, prorrogado por sus similares N° 334/21 y N° 381/21, en los lugares considerados como de alto riesgo epidemiológico y sanitario y en situación de alarma epidemiológica y sanitaria, a la realización de actividades en cines, en teatros y en salas de espectáculos (centros culturales) a los efectos del desarrollo de artes escénicas, con y sin asistencia de espectadores”.

Es importante remarcar que la norma se refiere a espectáculos y no a actividades de formación.